REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
DE LA PARTE SOLICITANTE:
Ciudadano: RODOLFO MEZA DE MARCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-6.853.467, debidamente asistido por el abogado ANGEL ROLANDO HURTADO ROMERO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 8.674.
MOTIVO: SOLICITUD DE NOTIFICACION JUDICIAL
Con vista a la solicitud que encabeza las presentes actuaciones y los recaudos que la acompañan, y cumplidas como se encuentran las formalidades establecidas, tal como se desprende en el auto de admisión dictado en fecha 02/06/2026, específicamente lo relativo a la práctica de la Notificación Judicial, por indicación del ciudadano RODOLFO MEZA DE MARCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-6.853.467 debidamente asistido por el abogado ANGEL ROLANDO HURTADO ROMERO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 8.674. En la siguiente dirección: CENTRO COMERCIAL ORINOKIA, AVENIDA GUAYANA, PUERTO ORDAZ, MUNICIPIO CARONI DEL ESTADO BOLIVAR, LOCAL PBG95 DEL NIVEL FERIA, se notificó a la ciudadana RAQUEL DEL VALLE AGUILERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-11.724.264, en su carácter de notificada de actas.
En merito de lo expuesto y practicada como ha sido la presente solicitud de Notificación Judicial, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Resolución Nro. 2.009-0006, de fecha 18 de Marzo de 2.009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, y publicada en la Gaceta Oficial Nro. 39.152, de fecha 2 de Abril del 2.009 y Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, ordena la devolución de las presentes actuaciones a la parte solicitante plenamente identificada en dicha solicitud, en forma original con sus resultas.
Publíquese, regístrese, incluso en la página web oficial del Tribunal Supremo de Justicia Regiones: bolívar.tsj.gob.ve, así como en la página bolívar.scc.org.ve. Cúmplase lo ordenado.
Dada, Sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los DOCE (12) días del mes de JUNIO del año Dos Mil Veintiséis (2.026). Años: 215º de la Independencia y 167º de la Federación.
LA JUEZA
MARIENNYS JOSE SALAZAR NORIEGA
LA SECRETARIA
YASBILEIDY N. SILVA MOSQUEDA
En esta misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las Dos y cuarenta minutos de la Tarde (2:40 P.m.) y se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA
YASBILEIDY N. SILVA MOSQUEDA
SOLICITUD NºFP11-S-2026-1523
MJSN/ynsm/dp
Asiento: _______
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