REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

EXPEDIENTE Nº: S-6254-26
SOLICITANTE: CARMEN AIDA MARQUEZ DE MORALES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°V-4.353.315.

ABOGADA ASISTENTE: MARIA GABRIELA DELGADO, inscrita en el Inpreabogado N°282.880.

MOTIVO: DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
-I-
Se inicia el procedimiento en virtud del escrito de solicitud presentado ante el Tribunal Distribuidor de Turno en fecha 21 de mayo del año 2026, presentado por la ciudadana CARMEN AIDA MARQUEZ DE MORALES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°V-4.353.315, debidamente asistida por la abogada MARIA GABRIELA DELGADO, inscrita en el Inpreabogado N°282.880. Seguidamente en fecha 22 de mayo del presente año, se le dio entrada y anotación en el Libro de Solicitudes llevado por este Despacho, bajo el Nº S-6254-26.

Ahora bien, consignados como han sido los requisitos necesarios, y analizados cada uno de estos instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, así como las declaraciones de los testigos presentados, cursantes al folio 21 y su vuelto de la presente solicitud, de nombres: CARMEN JOSEFINA LUNA DE TORRES y GIOVANY MOLINA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.844.498 y V-14.131.307 respectivamente; este Tribunal los valora favorablemente, pues merecen fe pública, por cuanto han sido contestes en sus testimonios.

En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que las ciudadanas: CARMEN AIDA MARQUEZ DE MORALES, LISBETH EUNIX MORALES MARQUEZ, PATRICIA ELIZABETH MORALES MARQUEZ y DANIELA STHEFANIA MORALES MARQUEZ, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros: V-4.353.315, V-14.484.169, V-16.924.561 y V-18.249.401 respectivamente. Son las UNICAS y UNIVERSALES HEREDERAS, del De Cujus JOSE MORALES LUIS, quien fue en vida titular de la cédula de identidad N°V-12.454.146; quien falleció en fecha catorce (14) de diciembre del año dos mil veinticinco (2025), según Acta de Defunción N° 2220, Folio 220, Tomo 9 de fecha quince (15) de diciembre del dos mil veinticinco (2025), expedida por el Registro Civil y Electoral de la Parroquia San Pedro, Municipio Libertador del Distrito Capital. Denvuélvanse a la parte solicitante las presentes actuaciones, original con sus resultas, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual fue redactada por la abogada MARIA GABRIELA DELGADO, inscrita en el Inpreabogado N°282.880.

Expídase copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE CONSTANCIA
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en Carrizal, a los dos (02) días del mes de junio del año dos mil veintiséis (2026). Años: 216° y 167°.
LA JUEZA PROVISORIO,

HILDA JOSEFINA NAVARRO R.
LA SECRETARIA TITULAR,

VIRGINIA GONZALEZ

En esta misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, siendo la una y cuarenta y cinco minutos de la tarde (1:45pm)
LA SECRETARIA TITULAR,

VIRGINIA GONZALEZ




HJNR/VG/YM
S-6254-26