REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DE MIRANDA
Carrizal, 03 de junio de 2026
216º y 167º
Por cuanto fui designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, según oficio Nro TSJ/CJ/OFIC/0824-2025, de fecha 19 de mayo de 2025, como Juez Provisoria de este Tribunal, juramentada por el Órgano Rector en fecha 09 de junio de 2025 y habiendo tomado posesión del cargo en fecha 11 de junio de 2025, me ABOCO al conocimiento de la presente solicitud, en el estado en que se encuentra. Cúmplase.
Vista la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, y los recaudos consignados en fecha 18 de marzo de 2025, en el marco de la jornada de TRIBUNAL MOVIL, presentada por la ciudadana ROSA ANA CAMEJO DE CACERES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°V-5.451.779, debidamente asistida por la Defensora Pública, Provisoria Segunda con competencia en materia Civil, Mercantil y Transito, abogada NULBY PALACIOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 108.086. Este Juzgado observa que la presente solicitud carece de recaudos fundamentales para llevar a cabo su pretensión, en consecuencia este juzgado INSTA a la solicitante ciudadana ANA CAMEJO DE CACERES, supra identificada, a consignar copia certificada u original del acta de nacimiento del ciudadano CESAR JAVIER CAMEJO HERNANDEZ y copia simple de la cédula de identidad de los ciudadanos WILLIAM FRANCISCO CAMEJO RANGEL y CESAR JAVIER CAMEJO HERNANDEZ, para lo cual se le concede un lapso de noventa (90) días de despacho siguientes al de hoy. En el entendido que una vez que conste en autos dicho requerimiento, el Tribunal emitirá el correspondiente pronunciamiento o en caso de transcurrir el lapso señalado sin que conste en autos la consignación requerida se entenderá como decaimiento de interés en la presente solicitud. Cumplase.
LA JUEZA PROVISORIA
HILDA JOSEFINA NAVARRO R.
LA SECRETARIA TITULAR
VIRGINIA GONZALEZ
HJNR/VG/YM
S-5822-25