REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DE MIRANDA
Carrizal, 03 de junio de 2026.
216º y 167º
Vista la solicitud de aumento de la obligación de manutención, peticionada por la ciudadana TAHINAY CASTILLO GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.908.704, este Tribunal observa: El aumento de la obligación de la manutención debe tramitarse a través de una causa autónoma, vale decir una causa nueva e independiente; en el caso que nos ocupa, no se puede solicitar el aumento de la obligación de la manutención, mediante un simple escrito dentro del mismo expediente del acuerdo homologado; en virtud de lo anterior niega lo solicitado por la ciudadana TAHINAY CASTILLO GARCIA.
LA JUEZ PROVISORIA
HILDA JOSEFINA NAVARRO R
LA SECRETARIA,
VIRGINIA GONZALEZ
S-6167-26
HJN/vg/