REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Santa Teresa del Tuy, 19 de junio de 2026
216° Independencia y 167º Federación.


Vista las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de tercero de igual o menos derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: las presentes actuaciones TITULO SUFICIENTE PARA ACREDITAR EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del mencionado de cujus, ciudadano: PEDRO PASCUAL RONDON ALZOLA, titular de la Cedula N° V-560.536, quien falleció ab-intestato, en fecha 04/08/2004, según consta de Acta de Defunción N° 188, Folio 194, de fecha 24/08/2004, emitida por el Registro Civil del Municipio Zamora del estado Bolivariano de Miranda; a favor de sus hijos: MARIA RONDON RIOS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-6.903.760, FLOR BENIGNA RONDON DE ACOSTA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-6.524.922, GLADYS FLORENTINA RONDON RÍOS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-6.524.919, TIANA COROMOTO RONDON RÍOS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-6.903.759, PEDRO JOSE RONDON RÍOS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-6.903.758. Devuélvanse los documentos Originales de las actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas. Déjese constancia en el Libro Diario.-
El Juez Provisorio,

Asdrúbal Aponte Paz.-
La Secretaria Accidental,

Lynnette Langaigne.-
Seguidamente y en esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones constantes de (_____) folios útiles, conforme a lo ordenado en el auto que antecede.-

La Secretaria Accidental,

Lynnette Langaigne.-

Solicitud N°154/2026
AJAP/LL/Maglory