REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Santa Teresa del Tuy, 19 de junio de 2026
216° Independencia y 167º Federación.
Vista las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de tercero de igual o menos derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: las presentes actuaciones TITULO SUFICIENTE PARA ACREDITAR EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del mencionado del Cujus, ciudadano: RICHARD EDUARDO RIVAS ROMERO, titular de la cédula N°. V-30.707.514, quien falleció ab-intestato, en fecha 23/06/2025, según consta de Acta de Defunción N°. 1093, Folio 093, Tomo 5, a favor de sus Padres: NELSON JOSE RIVAS OLIVERO y VISEIDA DEL CARMEN ROMERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades Nros. V-14.020.817 y V-17.675.277, respectivamente. Devuélvanse los documentos Originales de las actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas. Déjese constancia en el Libro Diario. -
El Juez Provisorio,
Asdrúbal Aponte Paz. -
La Secretaria Temporal,
Lynnette Langaigne. -
Seguidamente y en esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones constantes de (_____________) folios útiles, conforme a lo ordenado en el auto que antecede. –
La Secretaria Temporal,
Lynnette Langaigne. -
Solicitud-159/2026
AJAP/LL/JS
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