CAPÍTULO II
ANTECEDENTES

Se inicia la presente solicitud de título supletorio mediante escrito presentado por ante el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, en función de Tribunal Receptor y Distribuidor de Documentos, por la ciudadanaYUSLEIVY CAROLINA VALERA, titular de la cedula de Identidad N° V-14.609.181., asistida por la abogada NORAIDA VILLALTA MARTINEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 98.453. Siendo asignada la misma previo sorteo según ACTA Nº 37, de fecha 08-05-2026.

Alega la solicitante sobre construyo unas bienhechurías sobre un lote de terreno Propiedad del I.N.T.I, Ubicado en Terrazas de Salamanca II, Sector Grupo Unido Bolivariano II, Casa Nº 14, Parroquia Cua, Municipio Autónomo General Rafael Urdaneta del estado Bolivariano de Miranda, el cual tiene una superficie aproximada deTRESCIENTOS CUARENTA Y UN METRO CON SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS (341,62 M2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: En una línea recta de veintiocho con noventa centímetros (28,90Mts), con casa que es o fue de ELIVE TORCATT; SUR: En una línea recta de veintiséis metros con veinte centímetros (26,20 Mts), con casa que es o fue de SIMON HIDALGO; ESTE: En una línea recta de doce metros con diez centímetros (12,10 Mts), con calle principal y OESTE: En una línea recta de doce metros con setenta centímetros (12,70 Mts), con terreno baldio; dicho terreno tiene construida una bienhechuría, que posee la siguiente área de construcción: VIVIENDA TIPO V-2 CON SESENTA Y OCHO CON CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS(68,44M2).Fundamenta su solicitud en las previsiones de Ley, establecidas en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.

En fecha 13 de mayo de 2026, este Tribunal, le dio entradaanotándose en el Libro respectivo bajo el Nº S-070-2026, y se instó a consignar los originales con el fin de su admisión.
En fecha 03 de junio de 2026,previa consignación de los recaudos solicitados este Tribunal, admitió la presente solicitud, en tal sentido se insta a la parte interesada a presentar los testigos para su evacuación.
Como elementos probatorios de la presente solicitud la parte interesada consigno los siguientes recaudos:
• Copia fotostática de la cedula de identidad de la solicitante ciudadana YUSLEIVY CAROLINA VALERA,
• Carta de Aval de Pisatario emitida por el Consejo “Lealtad Revolucionaria”, ubicado en Terrazas de Salamanca II, cua, municipio Urdaneta del estado Miranda,
• Oficio catastral, emitida por la Dirección de Catastro del Municipio Urdaneta del estado Miranda, Inscripción Nº L-058/2026, de fecha 18/02/2026, con sus medidas y linderos,
• Copias fotostáticas de las cedulas de identidadycartas de residencias de los testigos, ciudadanos ROSA MARÍA LEAL MENDEZ y JUAN ANDRES MADERA SILVA
• Autorización emitida por el INTI
• Carta de Residencia de la ciudadana YUSLEIVY CAROLINA VALERA

En fecha 05 junio de 2026, comparecen por ante la sala de este Despacho los ciudadanos ROSA MARÍA LEAL MENDEZ y JUAN ANDRES MADERA SILVA, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-11.840.750 y V-25.862.763, respectivamente, a los fines legales de prestar sus testimoniales, con relación a la solicitud en referencia.



CAPÍTULO III
DISPOSITIVA

Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como la declaraciones testimoniales de los ciudadanos ROSA MARÍA LEAL MENDEZ Y JUAN ANDRES MADERA SILVA, identificados Ut supra, con las consideraciones de Hecho y de Derecho arriba indicadas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo3 de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, DECLARA: CON LUGAR, la Solicitud de TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadanaYUSLEIVY CAROLINA VALERA, titular de lacedula de Identidad N° V-14.609.181., sobre unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno Propiedad del I.N.T.I, Ubicado en Terrazas de Salamanca II, Sector Grupo Unido Bolivariano II, Casa Nº 14, Parroquia Cua, Municipio Autónomo General Rafael Urdaneta del estado Bolivariano de Miranda, el cual tiene un área aproximada deTRESCIENTOS CUARENTA Y UN METRO CON SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS (341,62 M2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: En una línea recta de veintiocho con noventa centímetros (28,90 Mts), con casa que es o fue de ELIVE TORCATT; SUR: En una línea recta de veintiséis metros con veinte centímetros (26,20 Mts), con casa que es o fue de SIMON HIDALGO; ESTE: En una línea recta de doce metros con diez centímetros (12,10 Mts), con calle principal y OESTE: En una línea recta de doce metros con setenta centímetros (12,70 Mts), con terreno baldio; dicho terreno tiene construida una bienhechuría, que posee la siguiente área de construcción: VIVIENDA TIPO V-2 CON SESENTA Y OCHO CON CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (68,44M2);Dejándose a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.

Devuélvase en original, con sus resultas ala solicitante, constante de (__________________) folios útiles, previa anotación en el libro diario llevado por este tribunal.

Regístrese y publíquese, inclusive en el portal web: www.miranda.scc.org.ve.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, a los diez (10) días del mes de junio de 2026. Años: 216° de la Independencia y 167° de la Federación.

EL JUEZ

KENYS VILLALTA
LA SECRETARIA

MERLINES PALMA
En esta misma fecha y previa las formalidades de Ley, siendo las doce y treinta de la tarde (12:30 p.m.) se publicó la anterior Decisión.
LA SECRETARIA

MERLINES PALMA



KV/MP/gb
Sol. 070-2026