CAPÍTULO II
ANTECEDENTES
Se inicia la presente solicitud de título supletorio mediante escrito presentado por ante el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en función de Tribunal Receptor y Distribuidor de Documentos, por la ciudadana YAMILEX HERNANDEZ, titular de la cedula de Identidad N° V-6.992.217, asistida por la abogada CARMEN MARITZA ARRIETA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 46.214. Siendo asignada la misma previo sorteo según ACTA Nº 40, de fecha 20-05-2026.
Alega la solicitante que en fecha 21 de julio del 2025, adquirió un inmueble construido por una casa y diversos árboles frutales, sembrados sobre un lote de terreno de propiedad municipal, ahora instituto nacional de tierras (INTI), el cual tiene un área de terreno aproximada de cuatrocientos veinte metros cuadrados (420 mts2), con un área de construcción de tipo V-2:106.91 M2, ubicado en la calle ubicado en la calle Rosario Lugo Díaz del sector denominado Vista Hermosa, casa s/n, Cua, municipio Urdaneta, estado Bolivariano de Miranda, código catastral N° 6.667, el cual se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas:NORTE: Es una línea recta de Catorce Metros con Veintidós Centímetros (14,22 MTS) con la Calle Rosario Lugo Díaz, que es su frente; SUR: En una línea recta de Cinco Metros con Cuarenta y Cinco Centímetros (5.45 MTS.) con casa que es o fue de JULIÁN RODRÍGUEZ, que es su fondo; ESTE: En línea recta de Cuarenta y Dos Metros con Veintinueve Centímetros (42.29 MTS.) con casa que es o fue de Justina Escobar yOESTE: Con línea recta de Cuarenta y Tres Metros con Dieciséis Centímetros (43.16 MTS.) Con casa que es o fue de María Celina Burgos de Peña. Dicho inmueble se encuentra construida de la siguiente manera: Un Porche, Sala-Recibo, Dos (2) dormitorios, comedor, cocina y Un (1) baño con techo de platabanda, paredes de bloques Frisada y piso de porcelana, con rejas de hierro en el porche y puertas y ventanas de hierro y madera, con servicios de aguas blancas y negras, energía eléctrica y cloacas. Fundamenta su solicitud en las previsiones de Ley, establecidas en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 25 de mayo de 2026, este Tribunal, le dio entrada anotándose en el Libro respectivo bajo el Nº S-080-2026, y se instó a consignar los originales con el fin de su admisión.
En fecha 10 de junio de 2026, previa consignación de los recaudos solicitados este Tribunal, admitió la presente solicitud, en tal sentido se insta a la parte interesada a presentar los testigos para su evacuación.
Como elementos probatorios de la presente solicitud la parte interesada consigno los siguientes recaudos:
• Original del Contrato de compra venta del inmueble entre MERCEDES DOLORES MONTAÑEZ, ODILIA BRAVO DE MIQUILARENA y YAMILEX HERNÁNDEZ
• Original del Contrato de compra venta del inmueble entre GUSTAVO MANRIQUE y MERCEDES DOLORES MONTAÑEZ y ODILIA BRAVO DE MIQUILARENA,
• Titulo supletorio a favor de GUSTRAVO MANRIQUE,expedido por el tribunal Quinto de Primera instancia en lo civil del Distrito Federal y Estado Miranda,
• Oficio catastral, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Urdaneta del estado Miranda, Inscripción Nº L-048/2026, de fecha 12/05/2026, con sus medidas y linderos,
• Autorización emitida por el INTI,
• Constancia emita por el comité de tierra urbana a favor de la solicitante,
• Carta de residencia emitida por el Consejo Comunal “Vista Hermosa 1” Municipio Urdaneta del Estado Miranda,
• Carta de Pisatario emitida por el Consejo Comunal “La Fila 1”, Ubicado en Cua, Municipio Urdaneta del Estado Miranda,
• Copias fotostáticas de las cedulas de identidad de los testigos CARLOS ALEXIS ALVAREZ Y CORAICI DEL CARMEN MORENO CASTILLO
En fecha 11 junio de 2026, comparecen por ante la sala de este Despacho los ciudadanos CARLOS ALEXIS ALVAREZ Y CORAICI DEL CARMEN MORENO CASTILLO, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-14.157.163 y V-7.950.330, respectivamente, a los fines legales de prestar sus testimoniales, con relación a la solicitud en referencia.
CAPÍTULO III
DISPOSITIVA
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como la declaraciones testimoniales de los ciudadanos CARLOS ALEXIS ALVAREZ Y CORAICI DEL CARMEN MORENO CASTILLO, identificados Ut supra, con las consideraciones de Hecho y de Derecho arriba indicadas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, DECLARA: CON LUGAR, la Solicitud de TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana YAMILEX HERNANDEZ, titular de la cedula de Identidad N° V-6.992.217, sobre unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno de propiedad municipal, ahora instituto nacional de tierras (INTI), el cual tiene un área de terreno aproximada de cuatrocientos veinte metros cuadrados (420 mts2), con un área de construcción de tipo V-2:106.91 M2, ubicado en la calle ubicado en la calle Rosario Lugo Díaz del sector denominado Vista Hermosa, casa s/n de la población de Cua, municipio Urdaneta, estado Bolivariano de Miranda, el cual se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas:NORTE: Es una línea recta de Catorce Metros con Veintidós Centímetros (14,22 MTS) con la Calle Rosario Lugo Díaz, que es su frente; SUR: En una línea recta de Cinco Metros con Cuarenta y Cinco Centímetros (5.45 MTS.) con casa que es o fue de JULIÁN RODRÍGUEZ, que es su fondo; ESTE: En línea recta de Cuarenta y Dos Metros con Veintinueve Centímetros (42.29 MTS.) con casa que es o fue de Justina Escobar Y OESTE: Con línea recta de Cuarenta y Tres Metros con Dieciséis Centímetros (43.16 MTS.) Con casa que es o fue de María Celina Burgos de Peña,). Dejándose a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Devuélvase en original, con sus resultas a la solicitante, constante de (__________________) folios útiles, previa anotación en el libro diario llevado por este tribunal.
Regístrese y publíquese, inclusive en el portal web: www.miranda.scc.org.ve.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, a los dieciseis (16) días del mes de junio de 2026. Años: 216° de la Independencia y 167° de la Federación.
EL JUEZ
KENYS VILLALTA
LA SECRETARIA
MERLINES PALMA
En esta misma fecha y previa las formalidades de Ley, siendo las doce y treinta de la tarde (12:30 p.m.) se publicó la anterior Decisión.
LA SECRETARIA
MERLINES PALMA
KV/MP/gb
Sol. 080-2026
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