REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
Ciudad Bolívar, 09 de Marzo de 2026.
215º y 167º
RESOLUCION Nº: PJ0252026000049
ASUNTO: FP02-V-2025-000218.
PARTE DEMANDANTE: TRINIDAD CORDOVA DE MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, con cedula de identidad Nº V-4.183.600, de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: AURA GRACIELA RATTIS, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-8.874.607, de este domicilio.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: Abogado NASSER ELISAM inscrito en el Inpreabogado bajo los N. 226.818, respectivamente y de este domicilio.
DEFENSOR AD-LITEMDE LA PARTE DEMANDADA: Abogado LUIS RAMON PEREZ inscrito en el Inpreabogado bajo los Nros. 302.974, respectivamente y de este domicilio.
MOTIVO: RECOCNOCIMEINTO DE CONTENIDO Y FIRMA DEL DOCUMENTO PRIVADO.-
En fecha 25 de julio de 2025, se recibió la presente causa, versa sobre una demanda de RECOCNOCIMEINTO DE CONTENIDO Y FIRMA DEL DOCUMENTO PRIVADO, interpuesto por ciudadana TRINIDAD CORDOVA DE MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.183.600 debidamente asistida por el ciudadano, NASSER ELISAM, abogado e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 226.818, respectivamente y de este domicilio, en contra de la ciudadana, AURA GARCIELA RATTIS venezolana, mayor de edad, con cedula de identidad Nº 8.874.607, de este domicilio.-
En fecha 30 de Julio de 2025, se le dio entrada a la presente causa, contentivo de demanda de: RECOCONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, y en esa misma fecha se admite y se ordena el emplazamiento a la parte demandada ciudadana, AURA GARCIELA RATTIS venezolana, mayor de edad, con cedula de identidad Nº 8.874.607, de este domicilio, para que comparezca dentro de los CINCO DIAS DE DESPACHO SIGUIENTE a la constancia en autos de la citación, para la contestación de la demanda.-
En fecha 06 de agosto de 2025, el alguacil de este tribunal deja constancia que en fecha 05-08-2025 y el día 06-08-2025, se dirigió a la siguiente dirección: URABIZACION LOS PROCERES, MANZANA 5, CASA Nº 42, con el fin de citar a la ciudadana AURA GARCIELA RATTIS venezolana, mayor de edad, con cedula de identidad Nº 8.874.607, de este domicilio, en consecuencia consigna boleta de citación sin firma.-
En Fecha 13 de agosto de 2025, se recibió diligencia de la ciudadana, TRINIDAD CORDOVA DE MARQUEZ, debidamente asistida por el ciudadano, NASSER ELISAM, abogado e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 226.818, mediante la cual solicito citación por carteles a la ciudadana GARCIELA RATTIS venezolana, mayor de edad, con cedula de identidad Nº 8.874.607, de conformidad con lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.
En Fecha 13 de agosto de 2025, se recibió diligencia de la ciudadana, TRINIDAD CORDOVA DE MARQUEZ, debidamente asistida por el ciudadano, NASSER ELISAM, abogado e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 226.818, mediante la cual expuso: “CONFIERO PODER APUD ACTA A LA CIUDADANO: NASSER ELISAM, abogado e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 226.818,para que, sostenga y defienda mis derechos e intereses en la DEMANDA DE: RECONOCIMENTO DE CONTENIDO Y FORMA DE DOCUMENTO PRIVADO signado con el Nº FP02-V-2025-000218.-
En fecha 16 de septiembre de 2025, este Tribunal acordó y ordeno librar cartel de emplazamiento de conformidad con lo establecido con el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, para que la ciudadana, AURA GARCIELA RATTIS venezolana, mayor de edad, con cedula de identidad Nº 8.874.607, comparezca a los QUINCE DIAS DÍAS DE DESPACHO SIGUIENTES a la publicación. Consignación y fijación del cartel en el presente expediente.-
En fecha 26 de septiembre de 2025, se recibió diligencia del ciudadano, NASSER ELISAM, abogado e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 226.818, actuando en este acto como apoderado judicial de la ciudadana, TRINIDAD CORDOVA DE MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.183.600 mediante la cual consigna publicación de cartel de emplazamiento de la ciudadana, AURA GARCIELA RATTIS venezolana, mayor de edad, con cedula de identidad Nº 8.874.607, parte demandada en la presente causa de RECOCNOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, en el DIARIO EL LUCHADOR Y EL PROGRESO en fecha,19-09-2025, y en fecha 23-09-2025, y así misma solicito el ABOCAMIENTO en el presente procedimiento.-
En fecha 30 de septiembre de 2025, vista la diligencia presentada por el ciudadano ELISAM NASSER en fecha 26-09-2025, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana debidamente acreditada en autos; el ciudadano abogado JAVIER DUERTO ZEIGA, SE ABOCA AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA. En consecuencia se ordena librar boletas de notificación a las partes en el presente procedimiento y en un lapso de tres días siguientes de haber sido notificados la causa se reanudara al estado en que se encuentra.-
En fecha 07 de octubre de 2025, el suscrito alguacil de este tribunal deja constancia de que en fecha 06-10-2025, estando en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar; se dio por notificado el ciudadano, NASSER ELISAM, abogado e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 226.818, con motivo al ABOCAMIENTO de la presente causa del abogado: JAVIER DUERTO ZEIGA, En consecuencia consigna BOLETA DE NOTIFICACIÓN debidamente Firmada.-
En fecha 15 de octubre de 2025, La Suscrita Secretaria del Tribunal Segundo De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Municipio Heres Del Primer Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolívar, hace constar que en fecha 15-10-2025 se traslado a la siguiente dirección, URBANIZACION LOS PROCERES,, MANZANA Nº 05, CASA Nº 42, MUNICIPIO ANGOSTURA DEL ORINOCO, CIUDAD BOLIVAR, ESTADO BOLIVAR. Con la finalidad de fijar Cartel de conformidad con lo establecido por el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.-
En fecha 11 de Noviembre de 2025, Se recibió diligencia del ciudadano, NASSER ELISAM, abogado e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 226.818, actuando en representación judicial de la ciudadana, TRINIDAD CORDOVA DE MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.183.600, en contra de la ciudadana, AURA GARCIELA RATTIS venezolana, mayor de edad, con cedula de identidad Nº 8.874.607, mediante la cual SOLICITA sea nombrado DEFENSOR AD-LITEM con el fin de salvaguardar los derechos que le asisten de conformidad con la Ley.-
En fecha 14 de Noviembre de 2025, este tribunal mediante auto acuerda y designa como defensor al ciudadano, ANGEL MODESTO BOLIVAR, abogado e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 230.373, a los fines que ejerza el derecho a la defensa de la ciudadana, AURA GRACIELA RATTIS venezolana, mayor de edad, con cedula de identidad Nº 8.874.607y se libro boleta de notificación Indicándole que deberá comparecer por ante este tribunal al SEGUNDO (02) DÍA DE DESPACHO SIGUIENTE A SU CITACIÓN a los fines que manifieste aceptación o excusa al cargo que le fuere recaído y en el primero de los casos prestar juramento de ley correspondiente.-
En fecha 24 de Noviembre de 2025, el alguacil de este Tribunal deja constancia que en fecha 20 de noviembre de 2025 estando en la sala del tribunal el ciudadano ANGEL MODESTO Defensor Ad-litem designado, se dio por su notificado en consecuencia consigna boleta de debidamente firmada.-
En fecha 27 de Noviembre de 2025, el Defensor Ad-litem designado, presta el juramento de ley y expone: Acepto el cargo de Defensor Judicial para el cual he sido designado por este Tribunal.”
En fecha 01 de Diciembre de 2025, se recibió del ciudadano, NASSER ELISAM, abogado e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 226.818, actuando en este acto como apoderado judicial de la ciudadana, TRINIDAD CORDOVA DE MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.183.600, mediante la cual SOLICITO el emplazamiento del DEFENSOR AD-LITEM.-
En fecha 03 de Diciembre de 2025, este Tribunal acuerda lo solicitado por el abogado apoderado y libra boleta de a los fines de que el defensor ad-litem comparezca a este Tribunal a los cinco días siguientes de su emplazamiento a contestar la demanda.-
En fecha 08 de enero de 2026 el ciudadano NASSER ELISAM apoderado de la parte demandante solicita que se nombre defensor ad-litem en la presente causa.-
En fecha 19 de enero de 2026 el ciudadano NASSER ELISAM apoderado de la parte demandante solicita que se nombre defensor ad-litem en la presente causa.-
En fecha 23 de enero de 2026 el alguacil de este Tribunal deja constancia que se traslado en fecha 14-01- 2026 a la dirección suministrada por el apoderado judicial de la parte demandante a los fines de notificar al defensor ad- litem siendo imposible localizarlo , en consecuencia consigna boleta de notificación sin firma
En fecha 23 de enero de 2026 este tribunal acuerda lo solicitado por el abogado apoderado judicial de la parte demandante y acuerda nombrar como defensor judicial al ciudadano LUIS RAMON PEREZ, CI- V-8.866.871, inpreabogado Nº 302.974 y asimismo libra boleta de notificación.-
En fecha 28 de enero de 2026 el alguacil de este Tribunal deja constancia que se traslado en fecha 27-01-2026, el ciudadano LUIS RAMON PEREZ, estando en la sala de este Tribunal se dio por notificado en consecuencia consigna boleta de notificación firmada.-
En fecha 02 de Febrero de 2026, el Defensor Ad-litem designado, presta el juramento de ley y manifiesta su aceptación y expone: Acepto el cargo de Defensor Judicial para el cual he sido designado por este Tribunal.”
En fecha 05 de Febrero de 2026, se recibió del ciudadano, NASSER ELISAM, abogado e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 226.818, actuando en este acto como apoderado judicial de la ciudadana, TRINIDAD CORDOVA DE MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.183.600, mediante la cual solicito el emplazamiento del DEFENSOR AD-LITEM.-
En fecha 09 de Febrero de 2025, este Tribunal acuerda lo solicitado por el abogado apoderado y libra boleta de a los fines de que el defensor ad-litem comparezca a este Tribunal a los cinco días siguientes de su citación a contestar la demanda
En fecha 18 de Febrero de 2026, el alguacil de este Tribunal deja constancia que en fecha 13-02-2026, el ciudadano LUIS RAMON PEREZ, estando en la sala de este Tribunal se dio por notificado en consecuencia consigna boleta de notificación firmada.-
En fecha 25 de febrero de 2026 el ciudadano LUIS RAMON PEREZ, defensor judicial de la ciudadana AURA GRACIELA RATTIS, realiza contestación de la demanda.-
En fecha 25 de febrero de 2026 el ciudadano LUIS RAMON PEREZ, defensor judicial de la ciudadana AURA GRACIELA RATTIS consigno diligencia mediante el cual consigna comprobante de ipostel .-
En fecha 02 de Marzo de 2026, este Tribunal, mediante auto deja constancia de la apertura del lapso de promoción y evacuación de pruebas, en el presente juicio de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 392 del código de procedimiento civil.-
Por consiguiente este tribunal en esta misma fecha 09 de Marzo de 2026, de conformidad con lo establecido en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, revoca y anula por contrario Imperio el auto de fecha 02 de Marzo de 2026, y repone la causa al estado del término probatorio de conformidad con el artículo 449 del Código de procedimiento civil.-
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Revoca y anula por contrario Imperio el auto de fecha 02 de Marzo de 2026.
SEGUNDO: Repone la causa al estado de causa al estado del término probatorio de conformidad con el artículo 449 del Código de procedimiento civil, en fecha 09 de Marzo de 2026.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en Ciudad Bolívar a los nueve día (09) días del mes de Marzo de dos mil veintiseis (2026). - Años 215° de la Independencia y 167° de la federación. –
El Juez Suplente,
Javier Duerto Zeiga
La Secretaria
Juhanny Freites
La anterior decisión fue publicada en su fecha siendo las diez y doce minutos de la mañana (10:12 am). Conste.
La Secretaria
Juhanny Freites
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