PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO BOLÍVAR
213º y 164º
Jurisdicción Civil
PUERTO ORDAZ, 10 DE MARZO DE 2026
Exp nro. FN12-S-2025-000033
SOLICITANTE: ISSAC RABSARIS DIAZ CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédulas de identidad bajo el Nr. V-13.089.848.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICO Y UNIVERSAL HEREDEROS
SENTENCIA INTERLOCUTORIA.
II
De la revisión de los autos se observa que el presente litigio la solicitante desde la introducción de la causa, es decir desde el 02/12/2025, no ha impulsado la misma para la continuación, tampoco dio cumplimiento al auto de fecha 03/12/2025 cursante al folio 12 de la presente solicitud, demostrando con ello una falta de interés en la solicitud; en consecuencia este tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TERMINADA la presente Causa y ordena el archivo del expediente, Remítase al archivo judicial de esta Circunscripción Judicial en la oportunidad que corresponda, el cual quedará anotado bajo el Legajo Nº _______ y remitido mediante oficio Nº ____________, constante de ______ folios útiles. Cúmplase.
LA JUEZA
MAYRA URBANEJA ZABALETA
EL SECRETARIA
OSMELIS VELASQUEZ
En la misma fecha de hoy se deja constancia de haberse publicado y registrado la presente decisión, dejándose copia certificada de la misma en la carpeta de copiadores de sentencia, siendo las 11:59 a.m.
LA SECRETARIA
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