REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y

EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ROSCIO Y EL CALLAO DEL
SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL

ESTADO BOLÍVAR
Guasipati, 17 de marzo del año 2026

214º y 167º

ASUNTO: TS-018-2026
PJ202600028
Vistas las actuaciones promovidas por el ciudadano: CARLOS ALBERTO VARGAS,
venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V-17.879.886, asistido por
el abogado JOSE GAMBOA inscrito en el IPSA bajo el Nro. 206.352. e igualmente vistas las
declaraciones de los testigos ciudadanos MARIO JOSE PEREZ RUIZ y YOSELIS DEL
VALLE BALLERA FLORES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las
Cédulas de Identidad Nros. V-18.463.488 y V-17.463.356, respectivamente, este Tribunal en
atención a las afirmaciones de los testigos, promovidos por la solicitante antes identificada, al
señalar TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, es por lo que este Tribunal, de conformidad con
lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes
actuaciones TITULO SUPLETORIO suficiente de propiedad a favor del ciudadano: CARLOS
ALBERTO VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V-
17.879.886, debidamente asistido por el abogado JOSE GAMBOA inscrito en el IPSA bajo el
Nro.206.352, sobre unas bienhechurías, que se encuentran en una parcela de terreno propiedad
MUNICIPAL, ubicado en la siguiente dirección, Sector: San Juan, Calle Ciega, El Callao, estado
Bolívar, parcela es de forma regular y tiene un área de: CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE
CON SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (439,68MTS2), cuyas medidas y linderos son
los siguientes: Norte: Con Calle Ciega Sur: Con Terreno Municipal Ocupado; Este: Con Terreno
Municipal Ocupado y Oeste: Con Familia Rivas. Y con coordenadas U.T.M. Punto1 N.811.189,00;
E.627.842,90; Punto2 N.811.192,40; E.627.865,50; Punto3. N.811.173,80 E.627.868,20; Punto4.
N. 811.170,20 E.627.845,70.---------------------------------------------------------------------------------------------------
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Dejando a salvo los derechos de Terceros, Devuélvanse originales con las
resultas a la parte solicitante.-Cúmplase.
El Juez.
Abg. Henrrys H. Febres Palmares.

La Secretaria

Abg. Geolmira Duque Fericelli