REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DE MIRANDA

Carrizal, 02 de marzo de 2026.
215º y 167º

Por cuanto fui designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, según oficio Nro TSJ/CJ/OFIC/0824-2025, de fecha 19 de mayo de 2025, como Juez Provisoria de este Tribunal, juramentada por el Órgano Rector en fecha 09 de junio de 2025 y habiendo tomado posesión del cargo en fecha 11 de junio de 2025, me ABOCO al conocimiento de la presente solicitud, en el estado en que se encuentra.
Ahora bien, de una revisión de las actas que integran el presente expediente de consignación, se observa: Que el consignatario, ciudadana EVELYN MAYTHE GUERRERO BELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.819.244 en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil THE BLACK COFFE, C.A., realizó su última consignación en fecha 05 de abril de 2019, después la reconversión monetaria según Gaceta Oficial Nro. 42.185, de fecha 06/08/2021, el saldo en el presente expediente quedó en Bs. D. 0,00045; y en vista que han transcurrido más de seis (06) años, sin que el consignatario haya realizado alguna actividad que haga presumir a quien suscribe su interés procesal, se concluye que se encuentran llenos los extremos para declarar la extinción de la presente solicitud por decaimiento del interés y se ordena el cierre y archivo de la solicitud.
LA JUEZ PROVISORIA

HILDA JOSEFINA NAVARRO R
LA SECRETARIA,

VIRGINIA GONZALEZ
En la misma fecha se dio cumplimiento al auto anterior
LA SECRETARIA
HJN/vg/
Exp N° 1569-19C