REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DE MIRANDA
Carrizal, 04 de marzo de 2026
215º y 167º
Revidas como han sido las actuaciones que integran la presente solicitud de LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD DE BIENES GANACIALES, se observa que desde el día, 01 de julio de 2025, fecha en que se insta al solicitante a consignar copias certificadas u original del documento de propiedad del inmueble, han transcurrido más de seis (06) meses, sin que la solicitante haya realizado alguna actividad que haga presumir a quien suscribe su interés procesal, se concluye que se encuentran llenos los extremos para declarar la extinción de la presente solicitud por decaimiento del interés y se ordena el cierre y remisión al archivo judicial de la presente solicitud. Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA
HILDA JOSEFINA NAVARRO R.
LA SECRETARIA
VIRGINIA GONZALEZ
HJNR/VG/YBA
S-5787-25
Cierre y Archivo