CAPÍTULO II
ANTECEDENTES

Se inicia la presente solicitud de título supletorio mediante escrito presentado por ante el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, en función de Tribunal Receptor y Distribuidor de Documentos, por la ciudadana YELILI DECSIREE FIGUERA PIÑERO, titular de la cedula de identidad N° V-12.084.162, asistida por el abogado MIGUEL ANTONIO NAAR ESPINOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 173.137. Siendo asignada la misma previo sorteo según ACTA Nº 17, de fecha 26-02-2026.

Alega la solicitante que sobre un lote de terreno de propiedad Municipal, ubicado en: SECTOR BUENOS AIRE, CALLE LOS LAVANDEROS, CASA S/N, PARROQUIA CỦA, MUNICIPIO GENERAL URDANETA, ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, el cual tiene unasuperficie de SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (62.92Mts²), construyo unas bienhechuríasque tienen un área de construcción de tipo 2 V2-78.84 M2 y V3 40.67 M2, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: En línea recta de 4 metros con 12 centímetros con casa que es o fue de Celsa Piñango, SUR: En línea recta de 4 metros con 57 centímetros con; calle Los Lavanderos, ESTE: En línea recta de 14 metros con 32 centímetros con; casa que es o fue de Dilia Manrrique: OESTE: En línea recta de 14 metros con 32 centímetros con; casa que es o fue de Juan Volcán, Tal como consta en oficio de Medidas y Linderos N° L-020/2026, de fecha 06 de Febrero del 2026, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda. Fundamenta su solicitud en las previsiones de Ley, establecidas en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.

De seguida, en fecha 27 de febrero de 2026, este Tribunal dictó auto de entrada, anotándose en el libro respectivo bajo el Nº S-033-2026.
En fecha 23 de marzo de 2026 se admitió la solicitud de marras, e insto a la parte interesada a la presentación de los testigos a los fines de la evacuación respectiva.
Como elementos probatorios de la presente solicitud la parte interesada consigno los siguientes recaudos:
• Cedula Catastral con sus Medidas y linderos, emitido por la alcaldía Del Municipio General RafaelUrdaneta del estado Miranda, bajo el N° L-020-2026.
• Cedula de Identidad de la solicitante ciudadana YELILI DECSIREE FIGUERA PIÑERO,
• Carta de residencia de la solicitante emitida por el consejo comunal “Buenos Aires”,
• Carta Aval del Pisatariode la solicitante emitida por el consejo comunal “Buenos Aires”,
• Cedula de Identidad de la testigo ciudadana MAGALY MORALES
• Carta de residencia de la ciudadana MAGALY MORALES
• Cedula de identidad del testigo ciudadano JOSE GREGORIO MEDINA QUINTERO
• Carta de residencia del ciudadano JOSE GREGORIO MEDINA QUINTERO
• Autorización por Sindicaturadel Municipio General Rafael Urdaneta del estado Miranda,
• Ubicación Satelital.

En fecha 25 de marzo de 2026, comparecen por ante la sala de este Despacho los ciudadanos MAGALY MORALESy JOSE GREGORIO MEDINA QUINTERO, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-5.607.660 y V-9.517.594, respectivamente, a los fines legales de prestar sus testimoniales, con relación a la solicitud en referencia.

CAPÍTULO III
DISPOSITIVA

Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como la declaraciones testimoniales de los ciudadanos MAGALY MORALES y JOSE GREGORIO MEDINA QUINTERO, identificados Ut supra, con las consideraciones de Hecho y de Derecho arriba indicadas, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana YELILI DECSIREE FIGUERA PIÑERO, titular de la cedula de identidad N° V-12.084.162, sobre un lote de terreno de propiedad Municipal, ubicado en: SECTOR BUENOS AIRE, CALLE LOS LAVANDEROS, CASA S/N, PARROQUIA CỦA, MUNICIPIO GENERAL URDANETA, ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, el cual tiene una superficie de SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (62.92Mts²), sobre el cual se encuentra enclavada una bienhechuría con un área de construcción de tipo 2 V2-78.84 M2 y V3 40.67 M2, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: En línea recta de 4 metros con 12 centímetros con casa que es o fue de Celsa Piñango, SUR: En línea recta de 4 metros con 57 centímetros con; calle Los Lavanderos, ESTE: En línea recta de 14 metros con 32 centímetros con; casa que es o fue de Dilia Manrrique: OESTE: En línea recta de 14 metros con 32 centímetros con; casa que es o fue de Juan Volcán.Dejándose a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Devuélvase en original, con sus resultas a la solicitante, constante de ( ) folios útiles, previa anotación en el libro diario llevado por este tribunal.
Regístrese y publíquese, inclusive en el portal web: www.miranda.scc.org.ve.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, a los veinticinco (25) días del mes de Marzo de 2026. Años: 215° de la Independencia y 167° de la Federación.


EL JUEZ

KENYS VILLALTA
LA SECRETARIA

MERLINES PALMA
En esta misma fecha y previa las formalidades de Ley, siendo las doce y treinta de la tarde (11:00 a.m.) se publicó la anterior Decisión.
LA SECRETARIA

MERLINES PALMA


KV/MP/gb
S-033-2026