CAPÍTULO II
ANTECEDENTES
Inicia el presente procedimiento por ante este Juzgado, en fecha 06-02-2026, en el desarrollo de la jornada de Tribunal Móvil en virtud de la convocatoria del Tribunal Supremo de Justicia TSJ-COMUNIDAD, Constituido Tribunal Móvil en la “Cancha del Liceo Simón Bolívar, Urbanización Lecumberry, Cua, Municipio Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda”; con motivo de la solicitud de TITULO SUPLETORIO, interpuesta por el ciudadano CARLOS EDUARDO GUÍA LARA, titular de la cedula de identidad Nº 6.940.911, asistido por la abogada ELIZABETH PÉREZ, inscrita en el Inpreabogado con el Nº 256.617, funcionaria adscrita a la casa de Justicia y Paz del Municipio Urdaneta del estado Miranda, quien alega que sobre un lote terreno propiedad del INTI, ubicado en la urbanización “LA LOMITA”, segunda etapa,sector las Mercedes de Cua, calle G, casa G-5, parroquia Cua, Municipio Rafael Urdaneta, estado Miranda, construyo unas bienhechuríasque miden aproximadamentetipo V- de 69,31 m2, el cual se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE:Con una línea recta 20.70 metros con: casa que3 eso fue de Jonny Landaeta, SUR:Con una línea recta 21.30 metros con: casa que es o fue de Carlos Hanguina, ESTE:Con una línea recta 8.00metros con casa que es o fue de Tito Pacheco, OESTE:Con una línea recta de 8.10 metros, con calle G La Lomita. Dicho lote de terreno tiene una superficie aproximada de CIENTO SESENTA Y NUEVE CON CERO CINCO METROS CUADRADOS (169,05m2).Fundamenta su solicitud en las previsiones de Ley, establecidas en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 06 de febrero de 2026, se ordena darle entrada y registro en el libro de solicitudes correspondiente bajo el N° S-006-2026,instando a consignar los recaudos.
En fecha 17 de marzo de 2026, previa consignación de la autorización de título supletorio, este tribunal dictó auto de admisión y seinsto a la parte interesada a presentar a los testigos.
Como elementos probatorios de la presente solicitud la parte interesada consigno los siguientes recaudos:
• Copia de la cedula de identidad y RIF del ciudadano CARLOS EDUARDO GUÍA LIRA.
• Cedula Catastral Nº L-128/2026, de fecha 11-09-2023, con sus medidas y linderos, Emitida por la Dirección de Catastro Urbano de la Alcaldía del Municipio Urdaneta.
• Carta Aval de Pisatario, emitida por el consejo comunal “La Lomita” de Cua.
• Copia de documento opción a compra.
• Copia de las cedulas de identidad delos ciudadanos JOHONY WINTER LÓPEZ MOLINAy EUSMARY ALEJANDRA BLANCO PEREZ, (testigos).
• Constancia de Residencia del solicitante CARLOS EDUARDO GUÍA LIRA emitida por el consejo comunal “La Lomita” de Cua.
• Oficio Nº 291-2024, emitido por el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS.
En fecha, 27 de marzo 2026, comparecen por ante de este Tribunal móvil, los ciudadanos EUSMARY ALEJANDRA BLANCO PEREZY JOHONY WINTER LÓPEZ MOLINA, titulares de las Cedulas de Identidad N° V-12.820.204 y V- 18.189.240, respectivamente, a los fines legales de prestar sus testimoniales, con relación a la solicitud en referencia.
CAPÍTULO III
DISPOSITIVA
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de los ciudadanos EUSMARY ALEJANDRA BLANCO PEREZ Y JOHONY WINTER LÓPEZ MOLINA, identificados ut supra, con las consideraciones de Hecho y de Derecho arriba indicadas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 3, de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, DECLARA: CON LUGAR, la Solicitud de TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadanoCARLOS EDUARDO GUÍA LARA, titular de la cedula de identidad Nº 6.940.911, sobre unas bienhechurías construidas sobre un lote terreno propiedad del INTI, ubicado en la urbanización “LA LOMITA”, segunda etapa,sector las Mercedes de Cua, calle G, casa G-5, parroquia Cua, Municipio Rafael Urdaneta, estado Miranda, construyo unas bienhechurías que miden aproximadamente tipo V- de 69,31 m2, el cual se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE:Con una línea recta 20.70 metros con: casa que3 eso fue de Jonny Landaeta, SUR: Con una línea recta 21.30 metros con: casa que es o fue de Carlos Hanguina, ESTE: Con una línea recta 8.00metros con casa que es o fue de Tito Pacheco, OESTE: Con una línea recta de 8.10 metros, con calle G La Lomita. Dicho lote de terreno tiene una superficie aproximada de CIENTO SESENTA Y NUEVE CON CERO CINCO METROS CUADRADOS (169,05 m2). Dejándose a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Devuélvase en original, con sus resultas al solicitante, constante de (____________) folios útiles, previa anotación en el libro diario llevado por este tribunal.
Regístrese y publíquese, inclusive en el portal web: www.miranda.scc.org.ve.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, a los veintisiete (27) días del mes de marzo de 2026. Años: 215° de la Independencia y 167° de la Federación.
EL JUEZ
KENYS VILLALTA
LA SECRETARIA
MERLINES PALMA
En esta misma fecha y previa las formalidades de Ley, siendo las doce y treinta de la tarde (11:00 a.m.) se publicó la anterior Decisión.
LA SECRETARIA
MERLINES PALMA
Sol. 006-2026
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