REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTOBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CUA.
215° y 167°
SOLICITANTE: YSABEL TERESA NIEVES GARCIA VENEZOLANA, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro V- 10.076.371
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
EXPEDIENTE Nº: T-S-3985-26.
En fecha 11 de Febrero de 2026, se recibió escrito de solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentado en la Jornada del Tribunal Móvil, dada la convocatoria por parte del Tribunal Supremo de Justicia, TSJ-COMUNIDAD, por la ciudadana, YSABEL TERESA NIEVES GARCIA venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N.º V-10.076.371 identificada anteriormente, debidamente asistida por la Abogada THANIA CAMACHO MAYORA, e inscrita en el inpreabogado bajo el N.º 218.273, Adscrita a la Sindicatura del Municipio General Rafael Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda, y se le dio entrada y registró en esta misma fecha en el libro de Jurisdicción Voluntaria quedando anotado bajo el N.º T-S-3985-26, nomenclatura de este tribunal.
En consecuencia, SE ADMITE la presente solicitud en fecha 25-02-2026, los solicitantes consignaron los recaudos correspondientes para la admisión de la presente solicitud.
Señalado lo anterior, este Juzgado procede a decidir de conformidad con las consideraciones que se explana infra.
Ahora bien, de la revisión de la documentación consignada por la solicitante, se evidencia que la misma es propietaria de unas bienhechurias construidas sobre un terreno Propiedad Privada, ubicado en el Sector Pueblo Nuevo, Calle el GUACAIPURO, Parroquia Cua, Municipio General Rafael Urdaneta, Estado Bolivariano de Miranda, el cual tiene una superficie de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS (256,50 M2), comprendido dentro de los linderos y medidas cuyas caracteristicas,estan plenamente descritas en actas.
En esta misma fecha comparecen los ciudadanos: CARMEN GUTETIERREZ ROJAS y JESUS QUINTERO MOLINARES venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros V-6.105.467y V-24.671.863, las cuales son contestes al afirmar que conocen a la ciudadana YSABEL TERESA NIEVES GARCIA desde hace muchos años; que conocen las bienhechurías descritas en autos y que el solicitante invirtió de su propio peculio para hacer las bienhechurías en mano de obra y materiales de construcción.
Ahora bien, por cuanto no ha habido oposición alguna al respecto y considerados suficiente los documentos aportados, éste JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTÓBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN CÚA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando conforme a las atribuciones conferidas mediante la Resolución N° 2009-006 de fecha 18-03-2009 emanada del Tribunal Supremo de Justicia debidamente publicada en fecha 02-04-2009 en Gaceta Oficial Nº 39.152, y en virtud a lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias TITULO SUPLETORIO para asegurarle a la ciudadana YSABEL TERESA NIEVES GARCIA venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro V- 10.076.371 el derecho de propiedad sobre las bienhechurias ut supra identificadas, quedando siempre a salvo los derechos de terceras personas y aquellos que pudieran corresponder a la Nación Venezolana, al Estado o el Municipio.
Asimismo, déjese constancia en el libro diario llevado por este Tribunal. Provéase lo conducente.
Publíquese en el portal web: www.miranda.scc.org.ve, y regístrese, la presente decisión. Asimismo, déjese copia certificada en el copiador del tribunal.
Dada, firmada y sellada, a los diecisiete (17) días del mes de marzo del año dos mil veintiseis (2026), en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda. A los 215º años de la Independencia y 167º de la Federación.
EL JUEZ,
ASDRUBAL BONILLO.
LA SECRETARIA TEMPORAL.
ANA FERNADES
Siendo las 10:00 a.m. se publica la presente decision.
LA SECRETARIA TEMPORAL.
ANA FERNADES
AB/AF/cm.-
T-S-3985-26
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