REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres
del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.

Ciudad Bolívar, 07 de Mayo del año 2026

216º y 167º

ASUNTO: FP02-S-2026-000849
Resolución Nº: PJ0262026000087
Vista la diligencia que antecede, de fecha 30 de abril del año 2026, suscrita por
la ciudadana: ANA ISABEL COLINA DE AVILA, venezolana, mayor de edad, titular
de la cédula de identidad NºV-3.019.356, solicitante, mediante la cual “DESISTE” de
la presente solicitud, este Tribunal observa que las partes tienen capacidad para
disponer del derecho en litigio; que se trata de materias sobre las cuales no están
prohibidas las transacciones, conforme al artículo 154 del Código de Procedimiento
Civil, cuestión por la cual, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de
Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del
Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad
de la Ley, imparte la HOMOLOGACION al Desistimiento del procedimiento hecho por
la parte actora en la presente SOLICITUD de TITILO SUPLETORIO, teniéndose la
misma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el
artículo 263 de Código de Procedimiento Civil. Así se decide.
Se declara terminado el procedimiento y se ordena su remisión al archivo
judicial.
Publíquese y regístrese y déjese copia certificada en este Juzgado.

Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de
Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer
Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en Ciudad Bolívar, a
los siete (07) días del mes de Mayo del año dos mil veintiséis (2026). Años:
216° de la Independencia y 167° de la federación.
La Juez,
Nilymar Gonzalez Bermudez

La Secretaria

Ennys Barreto Escorche
La anterior decisión interlocutoria fue publicada en su misma fecha,

siendo las diez (10:00 a.m.) de la mañana.

La Secretaria

Ennys Barreto Escorche

NGB/EBE/Karla.-