REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO RAÚL LEONI DEL PRIMER CIRCUITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO
BOLIVARIANO ANGOSTURA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR.-
Ciudad Piar, 28 de Mayo del año 2026
216º Y 167º
Jurisdicción Civil.-
Visto el escrito de solicitud que encabezan las presentes actuaciones y las justificaciones de testigos promovidas a tal efecto por ante este despacho, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del código de procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones suficientes de TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del el Ciudadano ASAAD SLEINMAN REZK, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-29.998.784, y de este domicilio; debidamente asistido por el profesional del Derecho Abogado LUIS PEREZ, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 105.792; plenamente identificados en la presente solicitud que discurre, sobre unas bienhechurías construidas sobre una Parcela propiedad Municipal, ubicada en la Calle Boris Peñalver, Sector Bella Vista II, Población de La Paragua, Parroquia Barceloneta, Jurisdicción del Municipio Bolivariano Angostura del Estado Bolívar, constante de una superficie de MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y OCHO CENTIMETROS (1.236,38Mts2); de Superficie, y DE CIENTO CINCUENTA Y DOS METROS CON VEINTICUATRO CENTIMETROS (152,24MTS) DE PERIMETRO. cuyas construcciones son contentivas de una vivienda; y se encuentra alinderada de la siguiente manera; NORTE: Con Señora María Hurtado, con medidas de (30,50 y 27.20Mts) SUR: Con Señora Aura Pizarro, con medidas de (33,11 y 16,60Mts)), ESTE: Calle Boris Peñalver, con medidas de (4.7 y 12,50Mts) y OESTE: Con la Familia Contreras con medida (28,60 Mts) para un total de un perímetro de (152,24MTS); y la misma tiene su costo en moneda de Curso Legal, por la cantidad de TRES MILLONES TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 3.300.000,00). Déjense a salvo los derechos de terceros. - Devuélvanse originales de estas actuaciones a los efectos legales consiguientes, dejándose copias de las mismas en los archivos de éste Juzgado. - Cúmplase. -
LA JUEZA
DRA. PAGUIRMA BARRIOS
LA SECRETARIA TEMPORAL
LCDA. FRANCISMAR BOGARIN
Solicitud N° 52-2026 (Titulo Supletorio)