CAPÍTULO II
ANTECEDENTES
Inicia el presente procedimiento por ante este Juzgado, en fecha 17-04-2026, en el desarrollo de la jornada de Tribunal Móvil en virtud de la convocatoria del Tribunal Supremo de Justicia TSJ-COMUNIDAD, constituido Tribunal Móvil en la “U.E.E. Carmen Ruiz, ubicada en comunidad Chupulun, sector La Colmena, calle Sucre 1, parroquia Charallave del Municipio Cristóbal Rojas del estado Bolivariano de Miranda”; con motivo de la solicitud de TITULO SUPLETORIO, interpuesta por la ciudadanaFRANCIS CAROLINA RODRIGUEZ GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-17.857.081, asistida por el abogado MIGUEL NAAR, inscrito en el Inpreabogado bajo con el Nº 173.137, Defensor Público del estado Bolivariano de Miranda, extensión Valles del Tuy, quien alega que construyo unas bienhechurías sobre un lote de terreno que pertenece o fueron de Finca Argua, ubicado en la calle principal, casa Nº S/N, Sector Comunidad Simón Bolívar, Las Brisas, Municipio Cristóbal Rojas del estado Bolivariano de Miranda, que dichas bienhechurías y terreno miden aproximadamente de DIEZ MTS(10,00 Mts) de frente por DIECISEIS METROS DE FONDO (16,00 MTS), constituida por (2) habitaciones, un (1) Baño, Una (1) sala, Una (1) Cocina, un (1) Balcón. Con los linderosde la siguiente manera: NORTE:con posesión que es o fue del señor Nelson Infante, calle principal en medio; SUR: con Posesión que es o de la SraDayana Calzadilla, ESTE:Familia Uzcategui; OESTE:Familia Gallardo. Fundamenta su solicitud en las previsiones de Ley, establecidas en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 17 de abril de 2026, se ordena darle entrada y registro en el libro de solicitudes correspondiente bajo el N° S-059-2026,instando a consignar los recaudos.
En fecha 25 de mayo de 2026, previa consignación de la autorización de título supletorio, este tribunal dictó auto de admisión y seinsto a la parte interesada a presentar a los testigos.
Como elementos probatorios de la presente solicitud la parte interesada consigno los siguientes recaudos:
• Oficio Catastral ABMCR-SDC-DCM-CI Nº 069-2026, de fecha 14 de mayo de 2026, emitido por la Dirección de Catastro.
• Copia de la cedula de identidad y RIF de la ciudadana FRANCIS CAROLINA RODRIGUEZ GONZALEZ.
• Ubicación satelital;
• Carta de residencia emitida por el Consejo Comunal Ana Coita, de la ciudadana FRANCIAS CAROLINA RODRIGUEZ.
• Carta de Pisatario, emitida por el consejo comunal “Ana Coita”.
• Autorización de título supletorio de vivienda, emitida por la Sindicatura Municipal del Municipio Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda
• Copia de las cedulas de identidad de las ciudadanas AVERJAI CORINA RODRIGUEZ PALMA Y ROSSIBELL LOROÑO DELGADO, (testigos).
En fecha, 28 de mayo 2026, comparecen por ante de este Tribunal móvil, los ciudadanos AVERJAI CORINA RODRIGUEZ PALMA Y ROSSIBELL LOROÑO DELGADO, titulares de las Cedulas de Identidad N° V-19.830.747 y V-17.976.920, respectivamente, a los fines legales de prestar sus testimoniales, con relación a la solicitud en referencia.
CAPÍTULO III
DISPOSITIVA
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de los ciudadanos AVERJAI CORINA RODRIGUEZ PALMA Y ROSSIBELL LOROÑO DELGADO, identificados ut supra, con las consideraciones de Hecho y de Derecho arriba indicadas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, DECLARA: CON LUGAR, la Solicitud de TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor dela ciudadana FRANCIS CAROLINA RODRIGUEZ GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-17.857.081, sobre unas bienhechurías construidas sobre un lote terreno que pertenecen o fueron de Finca Argua,ubicado en la calle principal, casa Nº S/N, Sector Comunidad Simón Bolívar Las Brisas, Municipio Cristóbal Rojas del estado Bolivariano de Miranda, que miden aproximadamente de DIEZ MTS (10,00 Mts) de frente por DIECISEIS METROS DE FONDO (16,00 MTS), el cual se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: con posesión que es o fue del señor Nelson Infante, calle principal en medio; SUR: con Posesión que es o de la SraDayana Calzadilla, ESTE: Familia Uzcategui; OESTE:Familia Gallardo.Dejándose a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Devuélvase en original, con sus resultas alasolicitante, constante de (____________) folios útiles, previa anotación en el libro diario llevado por este tribunal.
Regístrese y publíquese, inclusive en el portal web: www.miranda.scc.org.ve.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, a los veintiocho (28) días del mes de mayo de 2026. Años: 216° de la Independencia y 167° de la Federación.
EL JUEZ
KENYS VILLALTA
LA SECRETARIA
MERLINES PALMA
En esta misma fecha y previa las formalidades de Ley, siendo las doce y treinta de la tarde (11:00 a.m.) se publicó la anterior Decisión.
LA SECRETARIA
MERLINES PALMA
KV/MP/gb
Sol. 059-2026
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