REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO RAÚL LEONI DEL PRIMER CIRCUITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO
BOLIVARIANO ANGOSTURA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR.-
CIUDAD PIAR, 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2.026
216° Y 167°
Jurisdicción Civil.-
Visto el escrito de solicitud que encabezan las presentes actuaciones y las justificaciones de testigos promovidas a tal efecto por ante este despacho, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del código de procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones suficientes de TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del Ciudadano KENNEDDI KIRVER AFANADOR GONZALEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.773.318; y de este domicilio; debidamente asistido por el profesional del Derecho Abogado YENFI GUZMAN , Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 268.953; plenamente identificados en la presente solicitud que discurre, sobre unas bienhechurías construidas sobre una Parcela propiedad Municipal, ubicada en el Sector La Gruta, Vía Principal, S/N, Parroquia Santa Bárbara, Jurisdicción del Municipio Bolivariano Angostura del Estado Bolívar, constante de una superficie de MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS (1500,00MTS2) COMPRENDIDOS POR TREINTA METROS (30,00MTS) LINEALES DE ANCHO Y CINCUENTA METROS (50,00MTS) LINEALES DE LARGO; cuyos linderos son los siguientes: Norte: Entrada Principal con Treinta (30,00Mts), Sur: Con Parcela de terreno que es o fue propiedad de la Ciudadana Luisa Barreto con Treinta (30,00Mts), Este: Con Parcela de terreno que es o fue propiedad de la Ciudadana Luisa Barreto con Cincuenta Metros (50,00Mts) y Oeste: con Parcela de Terreno que es o fue Propiedad de la Ciudadana LUISA BARRETO con Cincuenta Metros (50,00Mts), así como también su costo en moneda de Curso Legal, por la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 120.000,00). Déjense a salvo los derechos de terceros.-Devuélvanse originales de estas actuaciones a los efectos legales consiguientes, dejándose copias de las mismas en los archivos de éste Juzgado. - Cúmplase. -
LA JUEZA
DRA. PAGUIRMA BARRIOS
LA SECRETARIA TEMPORAL
LCDA.FRANCISMAR BOGARIN
Solicitud N° 109-2026 (Título Supletorio)
PB/Francis
C.C. Archivo.