´Se dicta Sentencia Nº PJ0662026000052, mediante la cual se declara PROCEDENTE AMPARO CAUTELAR CONSTITUCIONAL, en consecuencia se ORDENA suspender los efectos del Acto Administrativo contenido en la Resolución (Recurso Jerárquico) Nº SNAT/INTI/GRTI/RG/DJT/2026/0987/77 de fecha 30 de Abril de 2026, y notificada en fecha 26 de Mayo de 2026, y el Acto Administrativo contenido en la Resolución Nº 20250810000377 de fecha 29 de Agosto de 2025. Se exhorta al órgano exactor a dar cumplimiento a la presente decisión, la cual se mantiene aun en proceso de Apelación o Consulta; sin perjuicio de las consecuencias jurídicas contenidas en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por la comisión del ilícito constitucional de DESACATO.´