DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ACEVEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, con sede en Caucagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer y resolver la presente solicitud de homologación de acuerdo extrajudicial. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud y, en consecuencia, se aprueba en todas sus partes y se HOMOLOGA con fuerza de Sentencia Definitiva Pasar en Autoridad de Cosa Juzgada el Acta N° 045-2026 de Acuerdo Extrajudicial de Obligación de Manutención, celebrada en fecha cuatro (04) de julio de dos mil veinticinco (2025) ante la Defensoría Municipal de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Acevedo, entre los ciudadanos NAYARI ELENA VIEIRA OJEDA, y CARLOS JOEL APONTE VAAMONDE (ya id.....