DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, presentada por la ciudadana RAIYELIN DEL VALLE MENDOZA BASTIDAS, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N°V-14.531.173. Contra el ciudadano ROGER ENRIQUE MIJARES BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.386.066, y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos RAIYELIN DEL VALLE MENDOZA BASTIDAS y ROGER ENRIQUE MIJARES BLANCO, antes identificados, en virtud del matrimonio por ellos celebrado por ante el Registro Civil y Electoral de la Parroquia Los Teques del Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, fecha 25 de mayo del 2010, según consta de Acta de Matrimonio número 117, Folio 1 del libro de matrimonio llevado por ese organismo.