este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Independencia del Estado Anzoátegui, Adscrito al Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACION al convenimiento efectuada entre las partes, en los términos expuestos en la solicitud suscrita por ellos, teniéndose la misma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a los artículos 148 al 150 ambos inclusive del Código Civil y el artículo 263 y 788 del Código Procedimiento Civil. Así se decide. Expídanse las copias certificadas que soliciten las partes con inserción de la presente resolución. Devuélvanse los originales cuya devolución se solicite, previa certificación en autos. Se da por terminado el presente asunto y se ordena su remisión al Archivo Judicial. Así se decide.
Publíquese y regístrese y déjese copia certificada en este Juzgado.
Dada firmada y sellada en la .....