DISPOSITIVA
En consecuencia, este tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 8, 365, 366, y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Homologa el acuerdo celebrado entre los ciudadanos: JOSE ANGEL VARGAS JIMENEZ, MARLIS MICHEL CORDERO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-20.836.316 y V-29.683.786 respectivamente; beneficios de los niños: J.A.V.C., A.M.V.C., (Identidad Omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), niños de tres y cinco (03 y 05) años de edad.-
Dada, sellada y firmada en el JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y SIMÒN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA. ACTUANDO EN FUNCIÓN DE MEDIACION EN MATERIA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, a los seis (06.....