En virtud de los textos transcritos, este Tribunal se declara incompetente por el territorio para conocer la presente solicitud de Divorcio presentada por la ciudadana Zaida Corina Cinco Chacare, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 16.628.664, contra el ciudadano: Hanoi Fabregas Mantilla, Extranjero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-76012203884, en consecuencia DECLINA la competencia en un Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Julián Mellado, del Estado Guarico, que resulte competente por efectos de la distribución.