QUEDA JUDICIALMENTE RECONOCIDO el documento privado denominado "COMPRA VENTA DEL BIEN INMUEBLE" de fecha: 15 de mayo del año 2.025, cursante al folio 3 y su vuelto, relacionado con una venta de un inmueble constituido por una parcela de terreno y la vivienda sobre ella construida, ubicada en la Unidad de desarrollo 296 de Ciudad Guayana, distinguida con el número parcelario 296-01-37, la referida parcela de terreno tiene forma irregular, una superficie de: DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS (274,54 M2) en la Urbanización Ventuari, Calle 02, Manzana 01, Casa Nº 37, Parroquia Unare, Puerto Ordaz, Municipio Caroní del Estado Bolívar, y está comprendida de los siguientes linderos: NORESTE: Una línea recta de veintiséis metros con noventa y nueve centímetros (27,99 mts) con la parcela 296-01-37; SUROESTE: Una línea recta de veintiocho metros con veintinueve centímetros (28,20 mts) con la parcela 296-01-38; NOROESTE: Una línea quebra.....