Este Juzgado Tercero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Municipio Caroní Del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, conforme a lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil y en la sentencia Nº 1070 del 09 de Diciembre del año 2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia Declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por el ciudadano Yldemaro González, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 10287056, contra la ciudadana Gricelia del Carmen Adrian de González, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 11437182 , y en consecuencia de ello, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 08-06-1991 ante la oficina de Registro Civil del Municipio Benítez, Parroquia el Pilar Estado Sucre, según acta número 07 Tomo I, folio 13-14 de los lib.....