DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos por este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, siendo la oportunidad para pronunciarse en cuanto a lo solicitado lo hace en los siguientes términos DECLARA: PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DE TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, así contemplado en el artículos Nº 263 y 266 del Código de Procedimiento Civil, solicitado por la ciudadano ONAN ANDRES GONZÁLEZ GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-19.019.851, teléfono: 0412-541.72.07, correo electrónico: oagg69@gmail.com, con domicilio en la siguiente dirección: calle principal de marizapa, Casa N° 54-14, parroquia marizapa, Municipio Acevedo del estado Bolivariano de Miranda. SEGUNDO: Una vez transcurridos los lapsos en esta instancia, en garantía.....