Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE el Divorcio por Desafecto e Incompatibilidad de Caracteres incoado por el ciudadano: OSCAR ENRIQUE SILVA MARCHENA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.597.931, de este domicilio, en contra de la ciudadana: ERISMAR COROMOTO ZERPA VALLENILLA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.964.934, con domicilio actual en Colombia, Valle del Cauca, Municipio Tulua, Barrio Fátima, Carrera 344105, y en consecuencia de ello queda , DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha once (11) de Octubre de 2002, por ante el Registro Civil Municipal del Municipio Caroní del Estado Bolívar, tal .....