este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil,
DECLARA las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO suficiente de propiedad a favor de la ciudadana:
EVELIN VANESSA ZABALA, venezolana mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-
17.879.828, asistido por el profesional del derecho JESUS PEREZ, inscrito en el IPSA bajo el Nro.
181.993, sobre unas bienhechurías, que se encuentran en una parcela de terreno propiedad MUNICIPAL,
ubicado en la siguiente dirección, El Sector Enrique Clark, Calle S/n, casa S/n, El Callao,
Municipio El Callao del estado Bolívar y tiene una superficie de TRESCIENTOS
CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y TRES
CENTIMETROS (342,53 M²), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con
Terreno Municipal ocupado, SUR: Con Calle Principal, ESTE: Con Mili Rivas,
OESTE: Con Rosmaris Hernández, el cual posee las siguientes coordenadas
UTM. Punto1: N.811695.00 E.628552.00; Punto2.....