Con fundamento a las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Piar y Padre Pedro Chien del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara la Perención de la Instancia, en el presente procedimiento por Reconocimiento de Instrumento Privado, incoado por el Ciudadano: Víctor Karli Romero Martínez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.687.509, domiciliado en Upata, Municipio Piar del Estado Bolívar, contra el Ciudadano: Rolando Ramón Martínez Silva, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.693.949, y de este domicilio.-
En consecuencia, se ordena la notificación de la parte actora, de la presente decisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese Boleta.
PUBLÍQUESE, REG.....