este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del código de procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones suficientes de TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la Ciudadana FANNY DEL CARMEN ABAD, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.898.300; y de este domicilio;