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Decisiones del dia 21/09/2026

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Simón Bolívar.
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N� Expediente : 6256-2026 N� Sentencia : 6256-2026 Fecha: 21/09/2026
Procedimiento:
Divorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil)
Partes:
SOLICITANTES: JOSE GREGORIO CORREIA PIÑANGO Y MARIA FERNANDA LOPES, AMBOS DE NACIONALIDAD VENEZOLANA, MAYORES DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO Y TITULARES DE LAS CEDULAS DE IDENTIDAD NÚMEROS V-12.066.470 Y E-82.064.524 RESPECTIVAMENTE, ASISTIDOS POR EL ABOGADO EN EJERCICIO: NAHAT ABIMAEL DIAZ, INSCRITO EN EL INPREABOGADO BAJO EL Nº256.615.
Resumen:
DISPOSITIVA Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, con sede en Santa Teresa del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, el artículo 185-A del Código Civil y en virtud de la competencia asignada a este Tribunal de Municipio mediante Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18-03-2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos: JOSE GREGORIO CORREIA PIÑANGO y MARIA FERNANDA LOPES, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cedulas de Identidad Números V-12.066.470 y E-82.064.524 respectivamente. E.....
Juez/Ponente:
Asdrubal Jose Aponte Paz
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Simón Bolívar.
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N� Expediente : 6375-2026 N� Sentencia : 6375-2026 Fecha: 21/09/2026
Procedimiento:
Inadmisible
Partes:
CIUDADANA: NELLYS DEL VALLE MARCANO DIAZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N°V-12.429.988 EN CONTRA DEL CIUDADANO: SANDY DANIEL RUIZ GONZALEZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N°V-12.419.684
Resumen:
´ En este orden de ideas, el artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA) establece claramente el ámbito de aplicación de la ley, definiendo como niño o niña a toda persona con menos de doce (12) años de edad, y como adolescente a toda persona con edades comprendidas entre los doce (12) y los dieciocho (18) años de edad. Asimismo, el artículo 383 ejusdem señala taxativamente las causas de extinción de las medidas y regímenes de protección, entre las cuales figura el hecho de alcanzar la mayoría de edad, momento en el cual cesa la protección especial conferida por esta ley y el sujeto adquiere la plena capacidad jurídica prevista en la legislación civil ordinaria. Ahora bien, por cuanto la persona objeto de este asunto ha superado el límite de edad establecido por la norma de materia especial para ser catalogado como niño, niña o adolescente, y no se evidencia condición especial, este Órgano Jurisdiccional declara: PRIMERO: INADMISIBL.....
Juez/Ponente:
Asdrubal Jose Aponte Paz
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Simón Bolívar.
arriba

N� Expediente : 6367-2026 N� Sentencia : 6367-2026 Fecha: 21/09/2026
Procedimiento:
Inadmisible
Partes:
CIUDADANA: DONNIS MILAGROS REYES ALCANTARA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N°V-16.029.384 EN CONTRA DEL CIUDADANO: HECTOR JOSE HERNANDEZ HERNANDEZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N°V-12.087.737
Resumen:
´En este orden de ideas, el artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA) establece claramente el ámbito de aplicación de la ley, definiendo como niño o niña a toda persona con menos de doce (12) años de edad, y como adolescente a toda persona con edades comprendidas entre los doce (12) y los dieciocho (18) años de edad. Asimismo, el artículo 383 ejusdem señala taxativamente las causas de extinción de las medidas y regímenes de protección, entre las cuales figura el hecho de alcanzar la mayoría de edad, momento en el cual cesa la protección especial conferida por esta ley y el sujeto adquiere la plena capacidad jurídica prevista en la legislación civil ordinaria. Ahora bien, por cuanto la persona objeto de este asunto ha superado el límite de edad establecido por la norma de materia especial para ser catalogado como niño, niña o adolescente, y no se evidencia condición especial, este Órgano Jurisdiccional declara: PRIMERO: INADMISIBLE l.....
Juez/Ponente:
Asdrubal Jose Aponte Paz
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Simón Bolívar.
arriba

N� Expediente : 6346-2026 N� Sentencia : 6346-2026 Fecha: 21/09/2026
Procedimiento:
Inadmisible
Partes:
CIUDADANO: MIGUEL ENRIQUE DIAZ KANDAETA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N°V-14.705.553 EN CONTRA DE LA CIUDADANA: MARIA ZULIMAR LANDAETA INFANTE, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N°V-16.193.460
Resumen:
´ En este orden de ideas, el artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA) establece claramente el ámbito de aplicación de la ley, definiendo como niño o niña a toda persona con menos de doce (12) años de edad, y como adolescente a toda persona con edades comprendidas entre los doce (12) y los dieciocho (18) años de edad. Asimismo, el artículo 383 ejusdem señala taxativamente las causas de extinción de las medidas y regímenes de protección, entre las cuales figura el hecho de alcanzar la mayoría de edad, momento en el cual cesa la protección especial conferida por esta ley y el sujeto adquiere la plena capacidad jurídica prevista en la legislación civil ordinaria. Ahora bien, por cuanto la persona objeto de este asunto ha superado el límite de edad establecido por la norma de materia especial para ser catalogado como niño, niña o adolescente, y no se evidencia condición especial, este Órgano Jurisdiccional declara: PRIMERO: INADMISIBL.....
Juez/Ponente:
Asdrubal Jose Aponte Paz
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Simón Bolívar.
arriba

N� Expediente : 6308-2026 N� Sentencia : 6308-2026 Fecha: 21/09/2026
Procedimiento:
Inadmisible
Partes:
JUAN CARLOS MARTINEZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N°V-14.014.068, EN CONTRA DE LA CIUDADANA ROSANA NAVARRO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N°V-15.475.103
Resumen:
´En este orden de ideas, el artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA) establece claramente el ámbito de aplicación de la ley, definiendo como niño o niña a toda persona con menos de doce (12) años de edad, y como adolescente a toda persona con edades comprendidas entre los doce (12) y los dieciocho (18) años de edad. Asimismo, el artículo 383 ejusdem señala taxativamente las causas de extinción de las medidas y regímenes de protección, entre las cuales figura el hecho de alcanzar la mayoría de edad, momento en el cual cesa la protección especial conferida por esta ley y el sujeto adquiere la plena capacidad jurídica prevista en la legislación civil ordinaria. Ahora bien, por cuanto la persona objeto de este asunto ha superado el límite de edad establecido por la norma de materia especial para ser catalogado como niño, niña o adolescente, y no se evidencia condición especial, este Órgano Jurisdiccional declara: PRIMERO: INADMISIBLE l.....
Juez/Ponente:
Asdrubal Jose Aponte Paz
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Simón Bolívar.
arriba

N� Expediente : 6315-2026 N� Sentencia : 6315-2026 Fecha: 21/09/2026
Procedimiento:
Inadmisible
Partes:
FRANCIS MARISE RUMBOS TOVAR, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N°V-14.967.631, EN CONTRA EL CIUDADANO ALDRUBAL LEONARDO VASQUEZ JIMENEZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N°V-12.821.508
Resumen:
En este orden de ideas, el artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA) establece claramente el ámbito de aplicación de la ley, definiendo como niño o niña a toda persona con menos de doce (12) años de edad, y como adolescente a toda persona con edades comprendidas entre los doce (12) y los dieciocho (18) años de edad. Asimismo, el artículo 383 ejusdem señala taxativamente las causas de extinción de las medidas y regímenes de protección, entre las cuales figura el hecho de alcanzar la mayoría de edad, momento en el cual cesa la protección especial conferida por esta ley y el sujeto adquiere la plena capacidad jurídica prevista en la legislación civil ordinaria. Ahora bien, por cuanto la persona objeto de este asunto ha superado el límite de edad establecido por la norma de materia especial para ser catalogado como niño, niña o adolescente, y no se evidencia condición especial, este Órgano Jurisdiccional declara: PRIMERO: INADMISIB.....
Juez/Ponente:
Asdrubal Jose Aponte Paz
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Simón Bolívar.
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N� Expediente : 6366-2026 N� Sentencia : 6366-2026 Fecha: 21/09/2026
Procedimiento:
Inadmisible
Partes:
CIUDADANA: YENGLIMBER MARTHINA CASTRO FERNANDEZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N°V-14.721.744 EN CONTRA DEL CIUDADANO: OSCAR JESUS MARCANO CORRO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N°V-11.056.072
Resumen:
´ En este orden de ideas, el artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA) establece claramente el ámbito de aplicación de la ley, definiendo como niño o niña a toda persona con menos de doce (12) años de edad, y como adolescente a toda persona con edades comprendidas entre los doce (12) y los dieciocho (18) años de edad. Asimismo, el artículo 383 ejusdem señala taxativamente las causas de extinción de las medidas y regímenes de protección, entre las cuales figura el hecho de alcanzar la mayoría de edad, momento en el cual cesa la protección especial conferida por esta ley y el sujeto adquiere la plena capacidad jurídica prevista en la legislación civil ordinaria. Ahora bien, por cuanto la persona objeto de este asunto ha superado el límite de edad establecido por la norma de materia especial para ser catalogado como niño, niña o adolescente, y no se evidencia condición especial, este Órgano Jurisdiccional declara: PRIMERO: INADMISIBL.....
Juez/Ponente:
Asdrubal Jose Aponte Paz
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Simón Bolívar.
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N� Expediente : 6335-2026 N� Sentencia : 6335-2026 Fecha: 21/09/2026
Procedimiento:
Inadmisible
Partes:
YELITZA CARELIS HUIZI JARAMILLO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N°V-14.757.013 EN CONTRA DEL CIUDADANO: EDUARDO LUIS GIL, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N°V-13.377.353
Resumen:
´ En este orden de ideas, el artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA) establece claramente el ámbito de aplicación de la ley, definiendo como niño o niña a toda persona con menos de doce (12) años de edad, y como adolescente a toda persona con edades comprendidas entre los doce (12) y los dieciocho (18) años de edad. Asimismo, el artículo 383 ejusdem señala taxativamente las causas de extinción de las medidas y regímenes de protección, entre las cuales figura el hecho de alcanzar la mayoría de edad, momento en el cual cesa la protección especial conferida por esta ley y el sujeto adquiere la plena capacidad jurídica prevista en la legislación civil ordinaria. Ahora bien, por cuanto la persona objeto de este asunto ha superado el límite de edad establecido por la norma de materia especial para ser catalogado como niño, niña o adolescente, y no se evidencia condición especial, este Órgano Jurisdiccional declara: PRIMERO: INADMISIBL.....
Juez/Ponente:
Asdrubal Jose Aponte Paz
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Simón Bolívar.
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N� Expediente : 6365-2026 N� Sentencia : 6365-2026 Fecha: 21/09/2026
Procedimiento:
Inadmisible
Partes:
CIUDADANA: DEISY DEL VALLE GONZALEZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N°V-12.959.155 EN CONTRA DEL CIUDADANO: GREIVA JESUS PEREZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N°V-14.455.198
Resumen:
´ En este orden de ideas, el artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA) establece claramente el ámbito de aplicación de la ley, definiendo como niño o niña a toda persona con menos de doce (12) años de edad, y como adolescente a toda persona con edades comprendidas entre los doce (12) y los dieciocho (18) años de edad. Asimismo, el artículo 383 ejusdem señala taxativamente las causas de extinción de las medidas y regímenes de protección, entre las cuales figura el hecho de alcanzar la mayoría de edad, momento en el cual cesa la protección especial conferida por esta ley y el sujeto adquiere la plena capacidad jurídica prevista en la legislación civil ordinaria. Ahora bien, por cuanto la persona objeto de este asunto ha superado el límite de edad establecido por la norma de materia especial para ser catalogado como niño, niña o adolescente, y no se evidencia condición especial, este Órgano Jurisdiccional declara: PRIMERO: INADMISIBL.....
Juez/Ponente:
Asdrubal Jose Aponte Paz
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Simón Bolívar.
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N� Expediente : 6300-2026 N� Sentencia : 6300-2026 Fecha: 21/09/2026
Procedimiento:
Inadmisible
Partes:
YAMILEIDYS MANAGUA MEZA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N°V-16.811.568, EN CONTRA DEL CIUDADANO WINDER ENRIQUE SANDREAGINEZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N°V-15.890.483
Resumen:
´En este orden de ideas, el artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA) establece claramente el ámbito de aplicación de la ley, definiendo como niño o niña a toda persona con menos de doce (12) años de edad, y como adolescente a toda persona con edades comprendidas entre los doce (12) y los dieciocho (18) años de edad. Asimismo, el artículo 383 ejusdem señala taxativamente las causas de extinción de las medidas y regímenes de protección, entre las cuales figura el hecho de alcanzar la mayoría de edad, momento en el cual cesa la protección especial conferida por esta ley y el sujeto adquiere la plena capacidad jurídica prevista en la legislación civil ordinaria. Ahora bien, por cuanto la persona objeto de este asunto ha superado el límite de edad establecido por la norma de materia especial para ser catalogado como niño, niña o adolescente, y no se evidencia condición especial, este Órgano Jurisdiccional declara: PRIMERO: INADMISIBLE l.....
Juez/Ponente:
Asdrubal Jose Aponte Paz
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Simón Bolívar.
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