este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: TITULO SUPLETORIO, a favor de los ciudadanos MILADYS ROSARIO VELASQUEZ DE CONTRERAS y CARLOS VICENTE CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros V-6.432.344 y V-5.971.278, respectivamente, sobre las bienhechurías identificadas en la solicitud que encabeza estas actuaciones, vale decir, una casa construida de dos niveles en terreno de propiedad privada el cual tiene una superficie aproximada de TRESCIENTOS METROS CUADRADOS (300 mts2), con un área total de construcción de DOSCIENTOS VEINTINUEVE METROS CON TREINTA Y .....