DECISIÓN.
Por las razones antes expuestas, éste Juzgado Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cedeño del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA en la solicitud de, SEPARACION DE CUERPOS, seguido por los ciudadanos; MILAGROS DEL CARMEN REYES ROJAS, quien es venezolana, mayor de edad, con domicilio en el campamento Bauxilum de la Población de Los Pijiguaos, jurisdicción del Municipio Cedeño, estado Bolívar, titular de la cedula de identidad N° V-15.983.337 y RAMON EDUARDO RINCON GIRALDO, quien es venezolano, mayor de edad, con domicilio en el campamento Bauxilum de la Población de Los Pijiguaos, jurisdicción del Municipio Cedeño, estado Bolívar, titular de la cedula de identidad N° V-10.662.972, debidamente asistidos por el profesional del derecho, WILMARY LUGO RODRIGUEZ, Inpreabogado N.º 134.111, con fundament.....