...En efecto, quien aquí suscribe, observa que la parte demandada en su escrito fechado 19 de febrero de 2026, inserto a los folios 69 y 70 del presente expediente, aun y cuando no se opone expresamente a los términos expuestos en la demanda aquí interpuesta, ofrece una serie de condiciones que pueden asemejarse a la oposición establecida en el artículo 778 del Código de Procedimiento Civil, cuando señala: "...el presente Convenimiento no implica aceptación de la forma, términos ni condiciones planteadas por la parte actora, sino únicamente la voluntad inequivoca de esta parte de poner fin al estado de indivisión hereditaria conforme a la Ley." (Extracto del escrito en cuestión, ubicado en el folio 70 del presente expediente) y, siendo que las mismas pueden ser objetables por la contraparte que interpone la acción, quien aquí decide, afirma que en el presente proceso existe la necesidad de tramitar un procedimiento ordinario que permita la creación de un juicio cognoscitivo, el cual co.....