declara dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE, para asegurar que el/los ciudadano(s) GUILLERMO MELQUIADES RIVERO OROPEZA, ADRIAN JOSE RIVERO OROPEZA, MARIA MATILDE RIVERO OROPEZA, PEDRO JAVIER RIVERO OROPEZA, ARACELIS BELLO OROPEZA, HECTOR ENRIQUE BELLO OROPEZA y AURA BELLO DE LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.276.475, V-10.276.477, V-6.873.015, V-6.873.017, V-5.453.291, V-5.453.292 y V-4.842.822, respectivamente, en su condición de hijos, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del (la) causante: MARIA DE LOURDES OROPEZA, quien en vida fuera de nacionalidad, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-615.383. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, constante de veinte (20) folios útiles, la cual fue redactada por la abogada KARINA FERNANDES, Defensora Pública con competencia en materia Civil, Mercantil y Tránsito e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 319.319, en jornada de TRIBUNAL MÓVIL, pre.....