Vista la diligencia presentada por la ciudadana LILINA NUÑEZ COA, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 32.537, en su condición de apoderada judicial de la ciudadana MAYLEN BAIKOGLU BITAR, parte actora en el presente juicio por DAÑOS Y PREJUICIOS CONTRACTUALES, en contra de la Sociedad Mercantil PANADERIA, PASTELERIA Y EXQUISITECES LA CAPITAL, C.A., mediante la cual DESISTE del recurso de apelación ejercido en fecha 16 de Enero del 2026; este Tribunal da por consumado el acto y procede, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley imparte a HOMOLOGAR dicho Desistimiento referido del recurso de apelación interpuesto en fecha 16 de Enero del 2026; por la representación judicial de la ciudadana MAYLEN BAIKOGLU BITAR. Procédase como se ha decidido.-
La Juez
NAYLEHT DEYANIRA BASANTA RUIZ.
La Secretaria,
CRISTINA JOSEFINA HERNANDEZ.
NDB/CJH/Aabh.....