Por las razones expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, BANCARIO, MARÍTIMO Y AERONAUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 09 de octubre de 2025 por el abogado HÉCTOR HERNÁNDEZ, actuando como apoderado judicial de la ciudadana LIVIA DEL CARMEN FREITES GUILLÉN, contra la decisión dictada en fecha 06 de octubre de 2025 por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, CONSTITUCIONAL, MERCANTIL, TRÁNSITO, MARÍTIMO Y AERONÁUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
SEGUNDO: SE CONFIRMA íntegramente la decisión apelada en cuanto declaró IMPROCEDENTE la medida de SECUESTRO, la medida PREVENTIVA DE EMBARGO y la MEDIDA INNOMINADA solicitadas por la parte actora, por no haberse acreditado los requisitos exigidos por los artículo.....