este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de las demandadas recurrentes contra la decisión dictada en fecha 30 de julio del 2025, por el Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Ciudad, en la causa signada con el Nº FH06-L-2024-000059 (FP02-L-2024-000059 PROVISIONAL). SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo recurrido con la motiva antes expuesta por esta Alzada. TERCERO: No hay condenatoria en costas dadas las características del fallo.