Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: a los ciudadanos ELENA MARINA PEÑA RODRÍGUEZ, DELSON LEONARDO NAVA PEÑA, EMELIN CHIQUINQUIRÁ NAVA PEÑA, DIXON ALEXANDER NAVA PEÑA, Y ANDREW GABRIEL NAVA PEÑA, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos V-10.279.972, V-19.387.809, V-21.467.702, V-21.467.703 y V-32.647.034, respectivamente, Únicos y Universales Herederos del causante MAUFREDDY RAUL NAVA PIRILLO (†), quien fuese venezolana (o), mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.877.690, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la pres.....