SE REPONE la presente causa al estado de que se comience a computar el lapso de veinte (20) días de despacho para que tenga lugar la contestación de la demanda, el cual comenzará a computarse una vez conste en autos la notificación del último, ello en virtud de que la abogada EVA SHEREZADA GODOY PEÑALOZA, consignó poder que le fuera otorgado por los ciudadanos VÍCTOR SEGUNDO URDANETA CAMACHO y JUAN CARLOS LUJANO MOLINA.
NOTÍFIQUESE A LA PARTES.