El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación planteada mediante diligencia fechada veintiuno (21) de julio de 2021 por la co-apoderada de la parte demandante, contra el fallo proferido por el a quo el día veintidós (22) de junio del mismo año que revocó la medida de prohibición de enajenar y gravar dictada sobre el inmueble propiedad de la ciudadana Luz Marina Contreras Ruiz, decretada el día "05-03-2021".
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira el veintidós (22) de junio de 2021 que revocó la medida de prohibición de enajenar y gravar sobre el inmueble propiedad de la ciudadana Luz Marina Contreras Ruiz, decretada el día "05-03-2021".
TERCERO: SE CONDENA en c.....