Vistas y analizadas las anteriores diligencias este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la Ley
declara suficientes los recaudos consignados con la presente solicitud, para asegurarle a los ciudadanos GLADYS COROMOTO BERBESI DE MORALES, EDGAR YOVANY MORALES BERBESI, CAROL DESIREET MORALES BERBESI y WALTER ALEXIS MORALES BERBESI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°s V-9.214.349, V-16.611.852, V-17.931.307 y V-21.420.640, el CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JUSTO MORALES VANEGAS, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.645.906, fallecido el día 22 de octubre de 2014, según acta de defunción N° 848, de fecha 22 de octubre de 2014, quien en vida fuera esposo y padre .....