En consecuencia, este Tribunal en visto que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada y concluido el proceso; una vez transcurrido el lapso para ejercer el recurso de apelación contra la presente acta sin que se ejerza el mismo, se ordena el archivo del expediente. Es todo.-
LA JUEZA,
Dra. Yalena Mora.
Secretaria Judicial
Abg. Teresa Mercado.