´PRIMERO: Las partes de mutuo y amigable acuerdo, convienen en este acto pagar las cantidades de dinero correspondientes a los derechos laborales demandados, que queda a deber al demandante, en la cantidad de DOS MIL DOLARES AMERICANOS, son (Usd. 2.000,00), cuyo pago se realizara en ocho pagos, el primer pago se realizará el día 02 de diciembre de 2025, por la cantidad de 600.00 usd; el segundo pago se realizará el día 07 de enero de 2026 por la cantidad de 200.00 usd; el tercer pago se realizará el día 06 de febrero de 2026 por la cantidad de 200.00 usd; el cuarto pago se realizará el día 04 de marzo de 2026 por la cantidad de 200.00 usd; el quinto pago se realizará el día 06 de abril de 2026 por la cantidad de 200.00 usd; el sexto pago se realizará el día 04 de mayo de 2026 por la cantidad de 200.00 usd y el séptimo pago se realizará el día 05 de junio de 2026 por la cantidad de 200.00 usd y el octavo y último pago se realizará el día 02 de julio de 2026 por la cantidad de 200.....