este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO SEIS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: SE CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del imputado ALVIAREZ CARDENAS ALEXIS PAUL, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA ( precalificación fiscal) previsto y sancionado en el artículo 17de la Ley sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, por cuanto se encuentran llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, y se ordena la prosecución de la causa por los trámites del Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE OTORGA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 39 ordinales 1º y 9º del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado ALVIAREZ CARDENAS ALEXIS PAU.....