En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE PARA CONOCER DE LA CAUSA SEGUIDA AL CIUDADANO J.J.H.B. (IDENTIDAD OMITIDA ART 545 LOPNNA); a quien se le investiga por la presunta comisión de los delitos de TRATO CRUEL, previsto en el artículo 254 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y ABUSO SEXUAL SIN PENETRACION, previsto en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Y EN CONSECUENCIA DECLINA LA COMPETENCIA EN LOS JUZGADOS DE CONTROL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, que conforman el Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, conforme a lo señalado en el artículo 80 del Código Orgánico Procesal Pen.....