Sobre las motivaciones de hecho, de derecho y Jurisprudenciales ya expuestas y analizadas, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento presentada por los ciudadanos RUBEN DARIO MONCADA HERNANDEZ y YULI YUMARA TRUJILLO GUTIERREZ, titulares en su orden de la cédula de identidad No.V-13.349.359 y No.V-17.491.630; asistidos por el abogado Jesús Andelfo Camacho Díaz.
SEGUNDO: Queda Disuelto el Vínculo Matrimonial que entre ellos fue contraído, ante la Registradora Civil del Municipio Libertad, hoy Municipio Capacho Viejo del estado Táchira, en fecha 07 de julio de 2011, conforme Acta de Matrimonio No. 020.
TERCERO: Por cuanto la presente sentencia no tiene apelación, se declara Definitivamente Firme pr.....